La Subvención:

KIT DIGITAL

Convocatoria:

PROGRAMAS CAMARA DE COMERCIO XPANDE 2024

 

Organismo:

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

REQUISITOS:

El beneficiario deberá establecer medidas eficaces y proporcionadas para evitar el fraude en el cumplimiento de lo exigido por la normativa de subvenciones públicas, así como para impedir la doble financiación, la falsificación de la documentación y el conflicto de interés. En el Anexo V de esta Orden se recoge un modelo de Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI), que deberá ser cumplimentado por el beneficiario en los términos que se determinen en cada convocatoria.

Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral,

También es requisito para obtener la condición de beneficiario disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES:

Las empresas pueden financiar la adopción de una o varias soluciones de digitalización disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital. Algunas de las soluciones tecnológicas previstas incluyen sitio web y presencia en internet, comercio electrónico, gestión de redes sociales, gestión de clientes, business intelligence y analítica, gestión de procesos, factura electrónica, servicio y herramientas de oficina virtual, comunicaciones seguras, y ciberseguridad.

Una vez concedida la subvención, y para poder ejercer el derecho de cobro de la subvención concedida («bono digital»), que no será efectivo hasta la correcta justificación de la misma, el beneficiario deberá seleccionar y contratar la solución o soluciones de digitalización que desee adoptar de entre las disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa. Una vez contratada, el beneficiario deberá formalizar, con el Agente Digitalizador Adherido, un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.

 

PLAZOS PRESENTACIÓN DE SOLICITUD:

En plazo de solicitud hasta el 31/12/2024

BENEFICIARIOS Y CUANTÍAS

SEGMENTO I

Beneficiarios:

Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados.

Podrán ser beneficiarias de las correspondientes convocatorias efectuadas al amparo de esta Orden y siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso:

a) Las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.

b) Las sociedades civiles con objeto mercantil, las sociedades civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida que ejerzan una actividad económica, siempre que su domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.

 

Cuantía:

Las empresas de este segmento podrán optar a bonos de 12.000 euros para su digitalización.

SEGMENTO II

Beneficiarios:

Pequeñas empresas o microempresas entre 3 y menos de 10 empleados.

Podrán ser beneficiarias de las correspondientes convocatorias efectuadas al amparo de esta Orden y siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso:

a) Las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.
b) Las sociedades civiles con objeto mercantil, las sociedades civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida que ejerzan una actividad económica, siempre que su domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.

 

Cuantía:

Las empresas de este segmento podrán optar a bonos de 6.000 euros para su digitalización.

SEGMENTO III

Beneficiarios:

Las microempresas de 0 a 3 trabajadores pueden optar a las ayudas del Kit Digital.

Podrán ser beneficiarias de las correspondientes convocatorias efectuadas al amparo de esta Orden y siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso:

a) Las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.

b) Las sociedades civiles con objeto mercantil, las sociedades civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida que ejerzan una actividad económica, siempre que su domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.

 

Cuantía: Las empresas de este segmento podrán optar a bonos de 2.000 euros para su digitalización.

Formulario Subvenciones

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